Las tarifas durante el Primer Centenario.
Publicado: 21 Mar 2009 19:47
Me tomo el atrevimiento de agregar las tarifas en este ingreso. Creo es lo mejor, Abajo queda el mensaje original para que no se pierda nada
TARIFAS POSTALES. La Ley N°4930 sobre tarifas postales entró en vigencia el 1 de Enero de 1906 de Tarifas postales .
TARIFAS NACIONALES
Carta simple: 5 c cada 15 gr
Tarjetas postales: 4 c
Tarjetas-Carta: 5 c
Diarios: 0.5 c, cualquiera sea su peso
Diarios, periódicos o revistas en paquetes, 0.5 c cada 65 gr o fracción.
Impresos: 2 c cada 100 gr o fracción.
Muestras sin valor: 5 c hasta 100 gr y 1 c cada 50 gr adicionales o fracción.
Papeles de Negocio: 5 gr cada 100 gr o fracción.
Certificadas: 12 c, además del franqueo ordinario.
Aviso de entrega (encomiendas, valor declarado o cartas certificadas): 12 c
Última hora: paga el doble de tarifa
Sin franqueo o con insuficiente franqueo: pagó el doble de la insuficiencia.
Expreso: 25 c, además abonará el franqueo ordinario y el correspondiente a derecho de certificado.
Valor Declarado: 1p por los primeros 100 p o fracción y 50 c por cada cincuenta pesos adicionales o fracción. Se agrega el valor de correo ordinario. Las cajas en iguales condiciones más un derecho fijo de 50 c.
Giros postales: 5 c hasta cinco pesos o fración; 10 c entre 5 y 10 p; desde los 10 p en adelante el 1% de comisión.
Giros telegráficos: además de la tarifa de giro postal se cobra 1 p de tasa.
Aviso de pago giro postal: 12 c
Aviso de pago giro telegráfico: 50 c
Bonos postales: 5c para bonos de 50c a 5 p; 10 c por los de 10 p.
Aviso de pago de bono postal: 12 c
Encomiendas: 50 c hasta 1 kg; 1 a 2 kg 0.60 c, 2 a 3 kg 80 c; 3 a 5 kg 1 p
Encomienda valor declarado: se adiciona al peso el importe igual a las cajas o cartas con valor declarado.
Encomiendas con entrega en domicilio: se agrega 50 c.
Encomienda contra reembolso: igual que las encomiendas con un derecho del 3% sobre el importe a cobrar.
Abono a casilla: 20 p por un año; por 6 meses o menos 10 p
Abono a casilla que reciba más de 50 libros o periódicos del exterior: 30 p por un año, 15 p por 6 meses o menos.
TARIFAS INTERNACIONALES
Impresos: 3 c, cada 50 gr o fracción.
Tarjetas postales: 5 c . (*1 )
Carta simple: 12 c cada 15 gr o fracción. (2*)
Carta simple a países limítrofes: 10 c . (3*)
Papeles de negocio: 12 c
Certificadas: 12 c, además del franqueo ordinario.
Expreso: 15 c, además abonará el franqueo ordinario y el correspondiente a derecho de certificado.
(1*)En el Congreso de Roma, se había estipulado que el equivalente a 10 céntimos de Franco para la República Argentina era de 6 c, luego Argentina pidió el cambio de tarifa a 5 c.
(2*)Por el Congreso de la UPU de Roma debería haber sido el primer porte 20 gr, y por los primeros 10 gr siguientes se obraría la mitad del segundo porte, pero se especificó que se daba tiempo a las Administraciones Nacionales para adecuarse a la normativa internacional. Argentina lo hizo en 1912.
(3*)Luego del Congreso Postal Sudamericano, desde el 8 Enero de 1911, la tarifa para cartas despachadas a Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela se empezó a considerar equivalente a la tarifa de país limítrofe, 10 c
MENSAJE ORIGINAL.
Colegas:
No conozco ni he podido conseguir confirmar las tarifas postales de la época.
Lo único que creo saber, muy tocando de oido sin haber podido confirmar:
*que el de 1/2 c se usaba para franqueos dentro de la ciudad
*que 12 c el correo internacional
* 24 o 24 1/2 costaba el internacional certificado
Si alguien me ayuda o me puede orientar por dónde buscar bibliografía, se los agradecería.
saludos
TARIFAS POSTALES. La Ley N°4930 sobre tarifas postales entró en vigencia el 1 de Enero de 1906 de Tarifas postales .
TARIFAS NACIONALES
Carta simple: 5 c cada 15 gr
Tarjetas postales: 4 c
Tarjetas-Carta: 5 c
Diarios: 0.5 c, cualquiera sea su peso
Diarios, periódicos o revistas en paquetes, 0.5 c cada 65 gr o fracción.
Impresos: 2 c cada 100 gr o fracción.
Muestras sin valor: 5 c hasta 100 gr y 1 c cada 50 gr adicionales o fracción.
Papeles de Negocio: 5 gr cada 100 gr o fracción.
Certificadas: 12 c, además del franqueo ordinario.
Aviso de entrega (encomiendas, valor declarado o cartas certificadas): 12 c
Última hora: paga el doble de tarifa
Sin franqueo o con insuficiente franqueo: pagó el doble de la insuficiencia.
Expreso: 25 c, además abonará el franqueo ordinario y el correspondiente a derecho de certificado.
Valor Declarado: 1p por los primeros 100 p o fracción y 50 c por cada cincuenta pesos adicionales o fracción. Se agrega el valor de correo ordinario. Las cajas en iguales condiciones más un derecho fijo de 50 c.
Giros postales: 5 c hasta cinco pesos o fración; 10 c entre 5 y 10 p; desde los 10 p en adelante el 1% de comisión.
Giros telegráficos: además de la tarifa de giro postal se cobra 1 p de tasa.
Aviso de pago giro postal: 12 c
Aviso de pago giro telegráfico: 50 c
Bonos postales: 5c para bonos de 50c a 5 p; 10 c por los de 10 p.
Aviso de pago de bono postal: 12 c
Encomiendas: 50 c hasta 1 kg; 1 a 2 kg 0.60 c, 2 a 3 kg 80 c; 3 a 5 kg 1 p
Encomienda valor declarado: se adiciona al peso el importe igual a las cajas o cartas con valor declarado.
Encomiendas con entrega en domicilio: se agrega 50 c.
Encomienda contra reembolso: igual que las encomiendas con un derecho del 3% sobre el importe a cobrar.
Abono a casilla: 20 p por un año; por 6 meses o menos 10 p
Abono a casilla que reciba más de 50 libros o periódicos del exterior: 30 p por un año, 15 p por 6 meses o menos.
TARIFAS INTERNACIONALES
Impresos: 3 c, cada 50 gr o fracción.
Tarjetas postales: 5 c . (*1 )
Carta simple: 12 c cada 15 gr o fracción. (2*)
Carta simple a países limítrofes: 10 c . (3*)
Papeles de negocio: 12 c
Certificadas: 12 c, además del franqueo ordinario.
Expreso: 15 c, además abonará el franqueo ordinario y el correspondiente a derecho de certificado.
(1*)En el Congreso de Roma, se había estipulado que el equivalente a 10 céntimos de Franco para la República Argentina era de 6 c, luego Argentina pidió el cambio de tarifa a 5 c.
(2*)Por el Congreso de la UPU de Roma debería haber sido el primer porte 20 gr, y por los primeros 10 gr siguientes se obraría la mitad del segundo porte, pero se especificó que se daba tiempo a las Administraciones Nacionales para adecuarse a la normativa internacional. Argentina lo hizo en 1912.
(3*)Luego del Congreso Postal Sudamericano, desde el 8 Enero de 1911, la tarifa para cartas despachadas a Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela se empezó a considerar equivalente a la tarifa de país limítrofe, 10 c
MENSAJE ORIGINAL.
Colegas:
No conozco ni he podido conseguir confirmar las tarifas postales de la época.
Lo único que creo saber, muy tocando de oido sin haber podido confirmar:
*que el de 1/2 c se usaba para franqueos dentro de la ciudad
*que 12 c el correo internacional
* 24 o 24 1/2 costaba el internacional certificado
Si alguien me ayuda o me puede orientar por dónde buscar bibliografía, se los agradecería.
saludos